jueves, 25 de abril de 2013

Rampa accesible para edificio de viviendas.

Llegó un triste momento, en el que una rotura de cadera, impidió a un familiar poder salir a la calle a pie y claro está me tocó a mí, hacer el correspondiente Proyecto para construir una rampa accesible. Para ello tuve que dirigirme al Código de accesibilidad de Castilla La-Mancha, puesto que es una competencia transferida a las CC.AA, el cual rezaba así:
Autor: Belén Moreno
Según artº 29 de accesibilidad en edificios de uso privado destinados a vivienda deberán disponer de un itinerario accesible que una la edificación con la vía pública y con las edificaciones o servicios anexos de uso comunitario. 
Itinerario accesible
Un itinerario se considera accesible cuando cumple los requisitos siguientes:
-   No debe haber ninguna escalera ni escalón aislado (Se admite en el acceso del edificio, un desnivel no superior a 2 cm. achaflanado). Deben tener una anchura mínima de 1,00 m y una altura libre de obstáculos en todo el recorrido de 2,10m.
-   En cada planta del itinerario accesible de un edificio debe haber un espacio libre de giro donde se pueda inscribir un círculo de 1,50 m de diámetro.
-   En los cambios de dirección, la anchura de paso es tal que permite inscribir un círculo de 1,20 m de diámetro.
-  Las puertas han de tener mínimo una anchura de hueco de 0,80 m y una altura mínima de 2.
-   El pavimento es antideslizante
-   Las pendientes longitudinales de las rampas serán de tramos de menos de 3 m de largo del 10  al 12% de pendiente máxima, del 8 a 10% de 3-10 m.
-   Se admite una pendiente transversal máxima del 2% en rampas exteriores.
-   Las rampas disponen de barandas a ambos lados, y deben estar limitadas lateralmente por un elemento de protección longitudinal de 10 cm mínimo de altura para evitar la salida accidental de ruedas y bastones.
Los pasamanos de la barandas son dos a cada lado y están situados a una altura entre 0,90-0,95 m y 0,70-0,75 m el segundo. Tienen un diseño anatómico que permite adaptar la mano y con una sección igual o equivalentes a la de un tubo redondo de 3 a 5 cm de diámetro, separado mínimo 5 cm de los tabiques verticales.

Autor: Belén Moreno




Tras el estudio de la morfología del acceso a las viviendas, se diseña un trazado en el que se reconstruyen las mesetas de la escalera y se divide el espacio de entrada en practicable para personas con movilidad reducida construyendo una rampa y reconstruyendo una nueva escalera para el acceso.
En base a las especificaciones de la normativa y las limitadas dimensiones del acceso y aceras contiguas, se proyecta una RAMPA PRACTICABLE conforme a la definición
Artª 10 de la Ley de Accesibilidad 1/1994  “aquellos que sin ajustarse a todos los requerimientos antes citados, permiten una utilización autónoma por las personas con movilidad reducida o cualquier otra limitación funcional.”
Para que os podais hacer una mejor idea, aquí os dejo un detalle constructivo con dimensiones mínimas para cumplir los requerimientos específicos en materia de accesibilidad.
  La rampa finalmente construida quedó así:
Foto: Belén Moreno
Si te interesa saber más sobre la accesibilidad para personas con movilidad reducida, te recomiendo que veas el post: Cocinas accesibles, una sencilla guía para profesionales y usuarios, con consejos para proyectar una cocina adaptada.
                                                                                                              Gracias por leer este blog

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